Con la entrada en vigencia del Impuesto del Valor Agregado (IVA), encuentre aquí una serie de recomendaciones para cumplir con la ley y el reglamento del IVA en Costa Rica.

  1. Si no está inscrito como contribuyente, proceda a hacerlo por medio del portal “Administración Tributaria Virtual (ATV)” ingresando al sitio https://www.hacienda.go.cr/ATV/Login.aspx.

  2. En el ATV registre la o las actividades a la que se dedica. Si ya se encuentra inscrito como contribuyente, revise que las actividades registradas sean las correctas.

  3. Tenga claro a cuáles de sus clientes actuales y potenciales se les debe cobrar el IVA y a cuáles no, o bien a cuáles les debe cobrar una tarifa diferenciada o la tarifa plena (13%).

  4. Implemente un sistema adecuado de facturación electrónica para el control de sus ventas y de los IVA cobrados (débitos fiscales).

  5. Lleve un control estricto de las compras y gastos para la correcta documentación de las operaciones con derecho a crédito fiscal. Considere además las reglas definidas para la aplicación de dichos créditos (por ejemplo el cálculo de proporcionalidad cuando se efectúan ventas con tarifas diferentes al 13%).

  6. En su contabilidad, defina cuentas contables específicas para el registro separado de los débitos y créditos fiscales, lo cual facilitará el cálculo del IVA a pagar.

  7. Presente la declaración del IVA y pague el impuesto dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente y evite multas innecesarias. Considere que aunque en determinado mes no haya tenido operaciones, igual se debe presentar la declaración.

  8. Vigile su flujo de caja.

  9. Implemente una contabilidad que cumpla con las mejores prácticas y normas contables.

  10. Asesórese con expertos en la materia.